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año:2011
 
institución:ASOCIACION PARA EL CONTINUO DESARROLLO DEL HOSPITAL DE GUAPILES
 
institución:HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
 

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R-DCA-640-2011 Contraloría General de la República. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil once.----------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Nutricare, S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio del Hospital Dr. Max Terán Valls, para la compra de uso enteral.------------------------------------------ RESULTANDO I.-Nutricare, S.A. impugnó la decisión del Hospital licitante de declarar desierto el concurso, en el cual participó como única oferente, por cuanto considera que el acto adolece de la motivación que requiere la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.--------------------------------------------------------------- II.-Mediante auto de las 10:00 horas del 20 de octubre de 2011, se admitió para trámite el recurso presentado.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III.-En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------------- CONSIDERANDO I.-Para el dictado de la presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de su unidad desconcentrada Hospital Max Terán Valls, promovió la Licitación Pública Nacional 2011LN-000004-2308, para la compra de productos de uso enteral, licitación que fue declarada desierta (ver La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2011); 2) Que el cartel de licitación, en lo que interesa, dispuso: “el objeto del presente concurso es para el Suministro de Suplementos mediante la modalidad de licitación por entregas según demanda, para ser utilizado en la adición a la dieta para corregir o prevenir deficiencias de vitaminas, minerales, proteínas, en ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Principios de la contratación administrativa, Contenido del cartel, Condiciones invariables, Sistema de evaluación, Principios de la contratación administrativa, Condiciones invariables, Sistema de evaluación


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 10945 07 de noviembre del 2011 DCA-2908 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls Estimada Señora: Asunto: Se concede autorización al Hospital Dr. Max Terán, para disminuir el monto de las líneas 3, 4 y 5 de la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308.- Nos referimos a su oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0629-09-2011, mediante el cual requiere autorización para disminuir en un 58%, tres de las cinco líneas de la Licitación Abreviada No.2009- 000001-2308, a saber: Línea Cantidad original contrato Nueva Cantidad % Disminución Monto Inicial Nuevo Monto 3 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 4 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 5 2400 1000 58,33% $14.568,00 $6.070,00 Al respecto ha de indicarse: I. Antecedentes Mediante oficio DCA-2650, este órgano contralor requirió información adicional para continuar con el análisis de la solicitud planteada, gestión que fue atendida mediante oficio DG-H.DR.MT.V.-No. 0691-06-2011. 2 II. Justificación La Administración expone los siguientes argumentos, como respaldo a su solicitud: i. Se promovió la Licitación Abreviada No.2009-000001-2308, para la adquisición de reactivos para pruebas especiales, para ser utilizado en la diaria atención de pacientes que ingresan al Hospital Dr. Max Terán Valls, para mantener existencias por un periodo de un año con probabilidad de prórrogas por tres periodos iguales. ii. El cartel estableció las siguientes cantidades y objeto: Línea Cantidad original contrato Objeto 1 2000 Reactivo DET HIV I-II 2 1000 Reactivo DET PSA 3 2400 Reactivo DET T3 4 2400 Reactivo DET T4 5 2400 Reactivo DET TSH iii. La Licitación Abreviada No.2009-000001-2308 fue adjudicada a la empresa EQUITRON S.A. iv. El año inicial se ...
Fecha publicación: 10/11/2011
Fecha emisión: 07/11/2011
Documento: 10945-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10028 14 de octubre, 2011 DCA-2688 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS Estimada señora: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para la prestación de servicios de transporte de pacientes, modalidad de servicios según demanda, sucrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls con el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN- 000001-2308. Damos respuesta a su oficio DG-H-DR-M-T-V-0588-08-2011 de fecha 24 de agosto del año en curso, complementado por el oficio DG-HDRMTV-06470-10-2011 del 05 de octubre último, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para la prestación de servicios privados de transporte de pacientes, modalidad de servicio según demanda, suscrito por el Hospital Dr. Max Terán Valls y el señor Diego Fabián Astúa Miranda, producto de la licitación pública 2011LN-000001-2308. Con fundamento en el acuerdo de adjudicación esta División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Cálculo del kilometraje: en la cláusula segunda se establece que el cómputo del kilometraje a reconocer se realizará tomando como referencia la tabla de kilometraje convenida con el Comité Auxiliar de la Cruz Roja de Quepos, y en caso de que el destino contratado no esté establecido en dicha tabla, el kilometraje correspondiente será estimado oportunamente en coordinación con el Encargado General del Contrato. Sin embargo, se advierte que en esos casos, se deberá tomar como referencia la Tabla Oficial de Distancias establecida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y dejar debidamente justificado el kilometraje que en definitiva se establezca en cada caso. 2) Orden de prioridad ...
Fecha publicación: 20/10/2011
Fecha emisión: 14/10/2011
Documento: 10028-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09999 13 de octubre de 2011 DCA-2679 Doctora Krisia Díaz Valverde Directora General Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos Fax: 2777-3231 Estimada señora: Asunto: Se emite respuesta a consulta sobre la procedencia de realizar contrataciones directas por escasa cuantía con entregas según demanda para la compra de aceites, lubricantes, filtros de aire aceite y diesel. Nos referimos a su oficio número DG-HDRMTV-608-09-2011 del 7 de setiembre del presente año de 2011, mediante el cual consulta lo relacionado en el asunto. Sobre el particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dicha circular dispone en sus artículos 1, 2 y 3, que esta Contraloría General de la República conoce las consultas atinentes a su ámbito competencial, además de requerir la incorporación del respectivo criterio jurídico de la Administración consultante. Bajo ese panorama, deviene el rechazo de la presente consulta, toda vez que la misma no se acompaña del referido criterio jurídico. No obstante lo anterior en un afán de colaboración le adjuntamos copia de cinco oficios emitidos por este órgano contralor y que versan sobre el tema por usted consultado, los oficios son: 02380 (DJ-0944 del 11 de marzo de 2010), 06451 (DJ-6451 del 5 de julio de 2010), 02365 (DCA-624) del 10 de marzo de 2011, 07908 (DCA-2170 del 25 de agosto de 2011), y 3319 (DCA-0968 del 12 de abril de 2011). Así las cosas, esta División se abstiene de emitir criterio alguno y se procede al archivo de la misma. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 13/10/2011
Documento: 09999-2011.pdf
Institución: HOSPITAL MAX TERAN VALLS DE QUEPOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04234 13 de mayo, 2011 DCA-1247 Señor Julio Méndez Villalobos Presidente Asociación para el continuo desarrollo del Hospital de Guápiles Fax: 2710-6804 Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato ACDHG 03-2010, suscrito por la Asociación para el continuo desarrollo del Hospital de Guápiles, y Electrónica Industrial y Médica S.A., compra de una unidad central de monitoreo de 16 camas por US$ 174.400 según Compra Directa 001-ACDHG-2010. Nos referimos a su oficio A.C.D.H.G. 055-2011 del 6 de abril del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Como se manifestó en la Resolución R-DCA-008-2011 de las 10 horas del trece de enero de este año: “I. SOBRE LA COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: Mediante oficio ACDHG-0104-2010 del 9 de noviembre de 2010, suscrito por el señor Julio Méndez Villalobos, Presidente de la Asociación (ver folio 12 del expediente de apelación), manifiesta que la presente compra directa es financiada con fondos provenientes de la Junta de Protección Social, lo que significa que los fondos son públicos y por consiguiente estamos ante un procedimiento de contratación administrativa promovido por un sujeto privado, pero que siendo financiado con fondos públicos, en los términos de la disposición del artículo 1 de la Ley de Contratación Administrativa, se rige por los principios de contratación administrativa. Bajo ese panorama, tenemos que según lo dicta el artículo 175 del Reglamento a esa Ley y lo que señala la resolución R-DC-27-2010 de las 11 horas del 9 de febrero de 2010, que estableció los límites económicos vigentes para los procedimientos de contratación administrativa, en este caso, según los límites aplicables para el estrato J, la impugnación del acto de adjudicación del ítem 1, cuyo monto es de ¢155.923.208.50, siendo é ...
Fecha publicación: 18/05/2011
Fecha emisión: 13/05/2011
Documento: 04234-2011.pdf
Institución: ASOCIACION PARA EL CONTINUO DESARROLLO DEL HOSPITAL DE GUAPILES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-146-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del veinticuatro de marzo de dos mil once. ---------------- Recurso de apelación interpuesto por Meditek S.A., en contra del ítem 1 del acto de readjudicación de la Compra Directa 001-ACDHG-2010, promovida por la Asociación para el continuo desarrollo del Hospital de Guápiles (en adelante la Asociación), central de monitoreo para 16 camas, acto recaído en su ítem 1 en favor de Electrónica Industrial y Médica S.A., por un monto de US$174.400. ------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Meditek S.A., interpuso su recurso de apelación en contra del ítem 1 del acto de readjudicación de la referida compra directa el 16 de marzo de 2011. ----------------------------------------------------------- II. Esta División mediante auto de las 9 horas del 18 de marzo de 2011, solicitó el expediente administrativo a la Asociación.--------------------------------------------------------------------------------- III. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.------------------- CONSIDERANDO I. SOBRE LA COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA: En nuestra anterior R-DCA-008-2011 de las 10 horas del 13 de enero, se determinó que ostentamos competencia para resolver estos recursos, señalándose al efecto: “Mediante oficio ACDHG-0104- 2010 del 9 de noviembre de 2010, suscrito por el señor Julio Méndez Villalobos, Presidente de la Asociación (ver folio 12 del expediente de apelación), manifiesta que la presente compra directa es financiada con fondos provenientes de la Junta de Protección Social, lo que significa que los fondos son públicos y por consiguiente estamos ante un procedimiento de contratación administrativa p ...
Fecha publicación: 27/03/2011
Fecha emisión: 24/03/2011
Institución: ASOCIACION PARA EL CONTINUO DESARROLLO DEL HOSPITAL DE GUAPILES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


R-DCA-008-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del trece de enero de dos mil once. -------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Tecnología Hospitalaria R y M S.A., en contra del ítem 1 del acto de adjudicación de la Compra Directa 001-ACDHG-2010, promovida por la Asociación para el continuo desarrollo del Hospital de Guápiles (en adelante la Asociación), central de monitoreo para 16 camas, acto recaído en su ítem 1 en favor de Meditek S.A., por un monto de US$208.730. -------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Tecnología Hospitalaria R y M S.A., interpuso su recurso de apelación en contra del ítem 1 del acto de adjudicación de la referida compra directa el 5 de noviembre de 2010. -------------------------- II. Esta División mediante auto de las 13 horas del 23 de noviembre de 2010, concedió audiencia inicial a la Asociación, y a la adjudicataria Meditek S.A., la cual fue atendida en tiempo, mediante escritos agregados al expediente.--------------------------------------------------------------------------------- III. Esta División a las 13 horas del 2 de diciembre de 2010, con fundamento en el artículo 182 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, confirió audiencia especial a la apelante con la finalidad de que se refirieran a lo alegado en su contra por la Asociación y por la adjudicataria, la cual fue atendida en tiempo mediante escrito incorporado al expediente. --------------------------------- IV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa no se confirió audiencia final. ---------------------------------------------------------------- V. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones le ...
Fecha publicación: 18/01/2011
Fecha emisión: 13/01/2011
Institución: ASOCIACION PARA EL CONTINUO DESARROLLO DEL HOSPITAL DE GUAPILES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Legitimación para apelar